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Fuente: EFE, 24 de octubre. 2017 18:22

El TSJA avala que el profesorado de Religión sólo imparta esa materia

El TSJA avala que el profesorado de Religión sólo imparta esa materia
El TSJA avala que el profesorado de Religión sólo imparta esa materia

Sólo pueden sustiturise o apoyarse entre ellos

La sala social del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha desestimado un recurso contra la decisión de la Consejería de Educación de que el profesorado de Religión de Infantil, Primaria o Secundaria no imparta tareas docentes que no estén relacionadas con su materia lectiva.

Según ha informado el Gobierno regional, el recurso había sido interpuesto por el sindicato Unión Nacional de Trabajadores (UNT) contra la circular de inicio de curso 2017-2018 de la Consejería.

La resolución judicial señala que los contratos de trabajo para estos profesores se celebran única y exclusivamente para impartir la enseñanza de religión católica y que la pretensión de completar el horario con la docencia en otras áreas no se puede atender.

Así, el TSJA considera que la circular no infringe la normativa laboral y rechaza también que vulnere el derecho fundamental a la igualdad, tal y como alegaba el sindicato autor del recurso.

Además, refleja que la diferencia de trato entre los profesores de Religión y el resto reside en que los primeros están sometidos a un régimen y unas reglas de acceso a la docencia diferentes ya que no sólo se valoran sus conocimientos sino también otros extremos que tienen un carácter subjetivo como la declaración de idoneidad.

La sentencia incide en que un profesor de Religión podrá sustituir a otro de esta materia en caso de ausencia, enfermedad, etcétera, pero no impartir asignaturas como Matemáticas, Lengua Extranjera o Educación Física para las que no tiene atribución.

La misma circunstancia se produce, según la resolución judicial, con la docencia compartida o el apoyo a otro profesor, que solo podrá realizarse entre docentes de Religión dado que están contratados específica y exclusivamente para impartir esa materia.

Según la Consejería, en Educación Primaria estos docentes podrán completar su horario con tareas de coordinación de los programas de apertura de centros y de integración de nuevas tecnologías y en Secundaria, por ejemplo, con las de programas institucionales.

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