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Fuente: Agencias, 8 de mayo. 2014 21:24

El TSJA condena al diputado de IU, Ángel González

El portavoz de IU en la Junta, Ángel González
El TSJA condena al diputado de IU, Ángel González

Dictamina siete años de inhabilitación para cargo público

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha condenado al portavoz de IU en la Junta General, Ángel González, a la pena de siete años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación administrativa en relación a la contratación de monolitos para la memoria histórica en su etapa de viceconsejero de Bienestar Social.

La sentencia establece que la condena "implica la pérdida de su condición de diputado electo en la Junta General del Principado de Asturias, así como la posibilidad de concurrir a ningún tipo de elección o ser nombrado para puesto representativo o ejecutivo o gestor por una autoridad pública por dicho periodo, si bien no la pérdida de sus condición de funcionario si la tuviera".

El fallo, contra el que cabe recurso ante el Tribunal Supremo, también condena a la misma pena a Roberto Moro Tella, en aquel entonces secretario general técnico de la Consejería, como cooperador necesario.

La sentencia de la Sala Civil y Penal, de la que es ponente el propio presidente del Alto Tribunal, Ignacio Vidau, impone para ambos la pena mínima para un delito de prevaricación, de acuerdo a la petición realizada por el Ministerio Fiscal, que denunció los hechos en febrero de 2013.

El TSJA considera probado que González, como autor directo en su etapa de viceconsejero de Bienestar Social, y Moro, como cooperador necesario, son responsables del delito por el fraccionamiento ilegal, en el año 2010, de contratos para instalar monolitos que señalizaran las fosas comunes de las víctimas del franquismo en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica.

La sentencia relata que González convocó en la sede de la Consejería al administrador de la sociedad New Construction, dedicada a la elaboración de hitos, al que se le encargó un presupuesto para adjudicar un contrato menor de obras y también se le solicitó que aportase presupuestos de otras dos empresas.

Según el fallo, esta solicitud se hizo para dar "cobertura legal" a la exigencia interna de presentar tres presupuestos y así proceder a la posterior adjudicación por el procedimiento de contratación menor de obra.

El administrador de New Construction entregó un presupuesto propio por importe de 49.856 euros, así como el de otras dos empresas por 49.989,97 euros y 58.000 euros.

La sentencia señala que la entonces jefa de servicio de la Consejería de Bienestar Social, Mónica M.A., una vez estudiado los presupuestos, informó a Roberto Moro que el tipo contractual debería ser el de contrato de suministro a tramitar por procedimiento negociado, a lo que éste en un principio accedió.

No obstante, según el apartado de hechos probados, González acudió al día siguiente al despacho de la jefa de servicio y le manifestó que "resultaba imposible tramitarlo por el procedimiento negociado porque se retrasaría y necesitaba hacerlo con carácter urgente".

La jefa de servicio le advirtió de que no podía hacerse como contrato menor de obras porque era un suministro, y el contrato menor de suministro tenía un límite máximo de 18.000 euros.

Mónica M.A. optó finalmente por renunciar a la tramitación ante la insistencia de Ángel González y Roberto Moro, quien finalmente, de acuerdo a la petición del viceconsejero, encargó a otro funcionario la realización de tres contratos menores de suministro.

Según el Tribunal, "la contratación se produjo en la forma querida por el viceconsejero, mediante una tramitación interna que contradice tanto las normas internas de la Consejería como la normativa vigente en materia de contratación pública y que concluyó con un fraccionamiento ilegal de un contrato en menos de 15 días".

Añade que esta contratación "únicamente se produjo por la arbitrariedad de la decisión del cargo político y la colaboración del secretario general técnico en contra del criterio técnico expreso de la funcionaria responsable en materia de contratación".

El fallo subraya que está "plenamente acreditado" que Ángel González "era plenamente conocedor de la arbitrariedad que suponía el fraccionamiento realizado", al ser "expresamente advertido" por la funcionaria, y señala que lo pudo hacer "al contar con la aquiescencia y el respaldo" de Roberto Moro.

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