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Fuente: EFE, 26 de abril. 2017 18:45

El TSJA confirma el derecho de los médicos interinos a la carrera profesional

Un juzgado posibilita que médicos interinos opten a la carrera profesional
El TSJA confirma el derecho de los médicos interinos a la carrera profesional

El Simpa insiste en reclamar al Sespa que "resuelva de una vez una cuestión"

El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha confirmado el derecho de los médicos interinos que trabajan en la sanidad pública asturiana a optar a la denominada carrera profesional.

El alto tribunal asturiano ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la representación legal del Servicio de Salud del Principado de Asturias (Sespa) contra el fallo que abría dicha posibilidad, dictado en diciembre de 2016 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Oviedo.

El TSJA recuerda en su fallo, contra el que cabe recurso de casación, que la sentencia de dicho juzgado aplicó la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que había señalado que no hay motivo para discriminar al personal temporal de larga duración con el personal fijo en el acceso a la carrera profesional.

Dicha discriminación no puede producirse, según la UE, cuando los parámetros a analizar (competencia y actividad profesional, compromiso con la mejora de la organización y desarrollo y transferencia del conocimiento) son perfectamente alcanzables por los interinos y, por tanto, cualquier discriminación basada en el carácter temporal del vínculo contraviene la normativa comunitaria.

El Sindicato Médico Profesional de Asturias (Simpa) ha insistido, tras el fallo del TSJA, en reclamar al Sespa que "resuelva de una vez una cuestión que no puede estar más clara, y se deje de recursos absolutamente dilatorios, sin justificación alguna".

Tras la primera sentencia de primera instancia, que daba la razón a un recurrente y que ahora ha sido confirmada por el TSJA, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo dictó otro fallo por el que ampliaba el derecho a la carrera profesional a todo el colectivo de interinos que acrediten cinco años de servicios prestados.

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