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Fuente: RTPA, 11 de abril. 2013 21:56

La joven condenada por el asesinato de Vallobín continuará en Sograndio a pesar de cumplir 21 años

Acusada
La joven condenada por el asesinato de Vallobín continuará en Sograndio a pesar de cumplir 21 años

El Juzgado de Menores, coincidiendo con la petición de la Fiscalía de Menores del Principado de Asturias, ha acordado que la joven condenada por la muerte de María Luisa Blanco en el barrio de Vallobín (Oviedo) en el mes de junio de 2009, continúe cumpliendo la medida de internamiento en régimen cerrado en el Centro de Sograndio, y no en el Centro Penitenciario de Villabona, a pesar de que ya ha cumplido los 21 años.

El auto del Juzgado dicta esta resolución “sin perjuicio de que si se produce alguna modificación en la evolución (de la joven) o comportamiento, de modo que ya no responda a los objetivos perseguidos en su programa, pueda acordarse la ejecución de la medida pendiente en el centro penitenciario correspondiente”, según informa la Fiscalía.

La Audiencia Provincial de Asturias impuso a L. L. R. la medida de diez años de internamiento en régimen cerrado y tres de libertad vigilada por un delito de asesinato, dos contra la integridad moral, uno continuado de estafa y uno continuado de extorsión, tras estimar parcialmente el recurso interpuesto por la Fiscalía de Menores contra la sentencia del Juzgado. Éste le había impuesto la medida de ocho años de internamiento en régimen cerrado y tres de libertad vigilada.

Según el auto del Juzgado por el que se acuerda que la joven permanezca en Sograndio, “la evolución que ha mostrado (L. L. R.) ha sido positiva a lo largo de todo el internamiento (…) y se puede afirmar que sigue evolucionando y madurando, sobre todo, en los aspectos personales.

El cumplimiento de la medida en Sograndio está siendo positiva para la joven, que va consiguiendo avances significativos de cara a manejarse en la sociedad con las competencias suficientes, ha experimentado avances a nivel emocional y ha ganado en empatía e inteligencia emocional en general, aunque sigue siendo una persona muy influenciable”.

Añade que, en un reciente informe, el equipo educativo considera “necesario y fundamental seguir interviniendo con ella desde esta institución (Sograndio), con el fin de afianzar hábitos y actitudes positivas en los aspectos relacionados con la educación para la salud, interiorizar conductas y practicar valores prosociales a través de la experimentación en el entorno comunitario”.

Es de destacar en el comportamiento de la joven que, en los prácticamente tres años de cumplimiento de la medida, no ha sido objeto de ningún procedimiento disciplinario. El Juzgado valora igualmente “el esfuerzo que está llevando a cabo en su formación académica, ya que se encuentra en segundo de Bachillerato”, con buenas notas.

Según el auto, “el hecho de que continúe en el Centro de Menores no supone desconocer la gravedad de su comportamiento, ya que la privación de libertad continúa en vigor, y en algunos aspectos puede que incluso con más rigor que en un centro penitenciario. No podemos olvidar que nos encontramos en el Derecho Penal de Menores, que tiene unos condicionantes y unas características muy diferentes al Derecho Penal de adultos. Así, la actual Ley del Menor tiene como objetivo fundamental la reeducación de los menores de edad infractores”.

Tanto el Ministerio Fiscal, como la acusación particular, la defensa de la joven, el equipo técnico y la entidad pública manifestaron en el Juzgado la conveniencia de que la joven continuara en Sograndio.

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