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Fuente: RTPA, 24 de abril. 2011 20:23

El Supremo sentencia que la hipoteca de una vivienda es una deuda de la sociedad de gananciales

Tribunal Supremo
El Supremo sentencia que la hipoteca de una vivienda es una deuda de la sociedad de gananciales

El Tribunal Supremo ha establecido que el pago de las cuotas de la hipoteca contratada por ambos cónyuges para comprar una vivienda familiar constituye una deuda de la sociedad de gananciales y no una carga del matrimonio. En caso de divorcio, cada parte de la pareja deberá abonar las cuotas hipotecarias. 

Lo ha indicado el Alto Tribunal en una sentencia, en la que acuerda fijar doctrina al existir "jurisprudenia contradictoria" de las audiencias provinciales. 

La Sala de lo Civil del alto tribunal ha valorado el interés casacional de un recurso interpuesto por un divorciado, que solicitaba extinguir la sociedad legal de gananciales y que los bienes que existieran a nombre suyo y de su ex esposa se distribuyeran a partes iguales, así como las cargas que gravitaban sobre el matrimonio.

Se ha fijado que el pago de las "cuotas de la hipoteca correspondiente a la hipoteca contratada por ambos cónyuges para la adquisición de la propiedad del inmueble destinado a vivienda familiar constituye una deuda de la sociedad de gananciales, y no una carga del matrimonio".

En casos de cese de la convivencia por divorcio o separación, el Supremo reconoce que debe primar la protección de los hijos aunque este criterio haya producido como resultado, "no deseable en general", dejar de lado las reglas del régimen de bienes que rigen la forma de adquisición del matrimonio. 

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