Encender un cigarrillo a la puerta o cerca de un hospital es una de las tres excepciones de la nueva Ley Antitabaco que, en general, sólo prohibe fumar en sitios cerrados. Ésto es una falta leve que se podría sancionar con hasta 30 euros de multa.
Pero hoy aún se pueden ver ceniceros a la entrada de los centros hospitalarios. Las otras dos excepciones son los alrededores de los colegios y los parques infantiles. No es habitual pero, a veces, coincide.
Tres faltas leves de este tipo pasará a ser una falta grave, y la multa oscilaría entre los 601 y los 100 mil euros.
Sí se puede fumar en playas, jardines, piscinas o instalaciones deportivas que no estén cubiertas. Pero cuidado: los locales de las comunidades de vecinos y otros espacios comunes que estén cerr ados, como el portal o un pasillo, se consideran zonas de uso colectivo y, por tanto, no se puede encender un cigarrillo.
© 2024 Radiotelevisión del Principado de Asturias | Todos los derechos reservados
Publicidad | Aviso Legal | Política de privacidad | Política de cookies | Consentimiento de cookies | RSS | Sobre RTPA | Entidad adherida a AUTOCONTROL