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Fuente: EFE, 28 de abril. 2023 20:42

El Supremo confirma la condena para Grueso y Rebollo por el Caso Niemeyer

El Supremo confirma la condena para Grueso y Rebollo por el Caso Niemeyer
El Supremo confirma la condena para Grueso y Rebollo por el Caso Niemeyer

El TS reduce a seis años la pena a José María Vigil, el empleado de la agencia de viajes

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de ocho años de prisión impuesta en 2020 por la Audiencia Provincial de Oviedo al exdirector general de la Fundación Niemeyer de Avilés, Natalio Grueso, por delitos continuados de malversación de caudales públicos, falsedad documental y societario.

El Supremo ha ratificado además la pena de dos años de prisión impuesta al exsecretario de dicha Fundación, José Luis Rebollo, por delito continuado societario, y ha rebajado de siete años y seis meses a seis años de prisión la condena que le había sido impuesta al tercer condenado en la causa, José María Vigil, exagente de Viajes El Corte Inglés, por malversación falsedad y estafa.

La sentencia estima también parcialmente el recurso de Viajes ‘El Corte Inglés’, como responsable civil subsidiario de las cantidades que Vigil es condenado a pagar a la Fundación Niemeyer, indemnizaciones que ha rebajado en casi 15.000 euros y ha dejado fijadas en un máximo de 101.538 euros.

La Audiencia Provincial absolvió a la exmujer de Grueso, Judith Pereiro, y al exjefe de Producción del Centro Niemeyer, Marc Martí, de un delito continuado de malversación en concepto de cómplice y un delito de malversación respectivamente.

La sentencia ratifica como hechos probados que Gruego, director general de la Fundación de 2006 hasta 2012, generó gastos ajenos a los fines de la Fundación Niemeyer durante todo el tiempo que duró su relación laboral, "disponiendo de sus fondos en beneficio propio, de sus familiares, amigos y terceros de su entorno, como si de su propiedad fueran, en detrimento de la Fundación Niemeyer”.

Con el apoyo de Vigil, a quien unía una relación de amistad, también ocultó gastos de desplazamientos y estancias hoteleras de familiares y allegados con facturas falsas o alteradas a nombre de trabajadores de la Fundación o por conceptos ficticios.

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